Desde un ángulo político, Abinader somete proyecto de modificación a la ley 41- 08 de Función Pública
José C. García
El gobierno de turno, presidido por el Abinader, acaba de someter un proyecto de modificación a la ley 41-
08, sobre Función Pública. Dicho proyecto tiene muchos tópicos de discusión sobre todo si se ve desde un ángulo político, partidista, es decir que cada quién puede resaltar o atacar dicho proyecto desde su óptica o color.
A mi entender y es mi intención en esta ocasión referirme a uno de sus elementos de trascendental importancia y es el referente a lo estipulado en el artículo 79 de dicho proyecto, en relación al otorgamiento del salario 14, llamado también del bono escolar.
Se dice que en política no todo lo que se dice en periodo de campaña se está obligado a cumplirse, por el famoso dicho que una cosa es con guitarra y otra con violín, pero es aquí donde radica la ejecutoria de un gobierno, donde tiene preponderancia primero el ser humano, la persona de ahí ese famoso eslogan primero la gente, acuñado y puesto en práctica por el extinto líder José Francisco Peña Gómez.
De ahí lo importante de resaltar como he dicho la propuesta de entregar el salario 14 o bono escolar, el cual se deberá entregar en el mes de julio de cada año a todos los servidores públicos. Esta iniciativa que sin embargo no es nueva. Ya que en año 2008, específicamente en el mes de noviembre de ese año está fue aprobada por una ley, que el presidente de entonces Leonel Fernández, no promulgó.
Dicha propuesta fue sin embargo aprobada por ambas cámaras, y no así puesta en ejecución, se diría por falta de interés de ese gobierno como una forma de incentivar el trabajo de los servidores estatales. Llegando incluso el mandatario a profesar el interés y preocupación de este por el servicio de los empleados públicos.
Aquella legislatura además discriminatoria, establecía como requisitos para este sueldo, que sería recibido solo por los servidores que devengaban un salario por debajo de los treinta (30.000.) mil pesos, lo que cobraran más de ese monto no tenían ese derecho.
En esta ocasión este derecho es más abierto, indica a todos los servidores, no establece límite salarial para ello, salvo que una reglamentación posterior así luego lo establezca.
Lógicamente es una propuesta que excluye algunas instituciones del estado que tienen o se rigen por planes y gestión autónoma y de otra especie.
Es plural, no establece escala como la establecida la ley de Leonel ya expuesta del 2008. Esperemos que se establezca para todos los servidores tanto activos como jubilados, tampoco se establece el monto del pago. Por lo que se desprende que será un sueldo completa, como la regalía pascual. Y como lo establecía aquella del 2008.
Concluimos este breve análisis expresando nuestra felicitación a un gobierno o gestión de personal de la administración pública interesada en buscar o doctor las mejores herramientas de satisfacción y compensación a sus servidores más allá de la poses o ínfulas demagógicas.