Consejo del Poder Judicial destituye alguaciles y sanciona empleados
SANTO DOMINGO.-El Consejo del Poder Judicial en cumplimiento del Reglamento Disciplinario para los servidores públicos y en sus atribuciones de velar por el buen comportamiento ético de sus servidores y oficiales públicos, de manera constante vigila el comportamiento ético de los mismos a los fines de verificar si sus comportamientos se ajustan a la ley y afianzar una mayor credibilidad y fortaleza judicial, en garantizar la seguridad jurídica y el respeto del debido proceso en relación con sus empleados, lo que ha conllevado a separación de la institución por casos tan diversos como acosos sexuales, no brindar un servicio adecuado a los ciudadanos, no cumplir con los deberes, obligaciones, responsabilidades e incompatibilidades que le establece la ley, faltas de respeto, ofensas, desalojos y embargos ilegales, corrupción y otras violaciones al código de comportamiento ético y en esas atribuciones en fecha 3 de diciembre 2024, destituyó y sancionó a varios alguaciles y empleados judiciales.
Actualmente se encuentran en conocimiento otros 84 casos que involucran a alguaciles de la jurisdicción de Puerto Plata, Santiago e Higüey y Santo Domingo, involucrados en la comisión de faltas disciplinarias muy graves, que pueden conllevar la destitución por irregularidades graves que comprometen la ética judicial.
El Consejo del Poder Judicial, mediante Acta de Sesión Ordinaria 38-2024 del día 3 de diciembre 2024 y luego de una investigación interna llevada a cabo por el inspector General del Consejo del Poder Judicial y la Comisión Disciplinaria Administrativa y de Oficiales Públicos, se conoció el pliego de cargos presentados por la Inspectoría General contra varios servidores(as) judiciales administrativos(as) y oficiales públicos, lo cuales luego de varias indagatorias se aprobó lo siguiente;
Luis Miguel Carty Fortilien, alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís. Destituido, ya que la Comisión Disciplinaria ha advertido que el ministerial a través de sus redes sociales y el programa televisivo y digital “Tony con el pueblo”, realizó diversas declaraciones en desmerito y desprestigio de las funcionarias Olga Lidia Coss Acevedo y Reina Yaniris Rodríguez Cedeño, procuradoras fiscales de La Romana, pudiéndose identificar que, los comentarios realizados por el ministerial contra ambas fiscales no son simples opiniones inofensivas, sino que se tratan de acusaciones y afirmaciones afectan la dignidad de estas comprometedoras, que como persona y la credibilidad con la que estas ejercen sus respectivos cargos de procuradoras fiscales. En cuanto a realizar actividades de índole político, se pudo comprobar, al verificar las redes sociales del ministerial Luis Miguel Carty Fortilien, las varias publicaciones de carácter político, y la realización de propagandas políticas en apoyo al excandidato Tony Adames y a varios candidatos del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), así como también invitaba a los ciudadanos a emitir su voto por el excandidato a la Presidencia, Luis Abinader…, y, por último, respecto a desempeñar un cargo remunerado en una institución del Estado, se pudo comprobar a través de la certificación depositada por la Inspectoría General del Consejo del Poder Judicial, estableció que el ministerial ocupó la posición de auxiliar en la división jurídica desde el primero (01) de octubre del año dos mil veinte (2020) hasta el treinta (30) de septiembre del año dos mil veintiuno (2021).
Ney Edward Ruiz Santiago, alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo. Destituido. Al ser analizadas de manera detallada la documentación precedentemente señalada y las declaraciones de dicho ministerial, se pudo comprobar que el mismo, tuvo participación en las Elecciones Municipales como candidato a regidor por el Partido Alianza País en las Elecciones del 2004.
Rainieris M. Rivas López, alguacil de estrado del Juzgado de Paz de Pepillo Salcedo. Destituido. La Comisión considera que el ministerial, ha cometido faltas disciplinarias al descuidar el manejo de los documentos bajo su responsabilidad. Esto se evidencia en la falta de realización y devolución de las Constancias de citaciones y notificaciones correspondientes a ochenta y nueve (89) requerimientos que le fueron asignados desde julio del año dos mil veintidós (2022) hasta septiembre del año dos mil veintitrés (2023) conforme certificó Alben Gregorio Rivera Díaz, supervisor del Centro de Citaciones y Notificaciones del Departamento de Montecristi, mediante un informe recibido por el órgano acusador el veinte (20) de noviembre del año 2023. Además, se ha determinado que ha incurrido en la práctica de no cumplir con los requisitos legales en los actos instrumentados, lo que ha causado graves perjuicios a los usuarios del sistema y a la administración de justicia.
Valentín Mieses, alguacil de estrado de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de Monte Plata. Destituido. Ya que la conducta mostrada por el ministerial violenta las disposiciones del Protocolo de Actuación contra la Violencia, Discriminación y Acoso del Poder Judicial, refiere prohibición expresa de cualquier tipo de violencia, discriminación y acoso sexual y laboral, y define mediante acápite 3 numeral 3.12, 3.14 y 3.15. Del estudio de las Pruebas aportadas por el órgano investigador la y la entrevista del encartado existen suficientes elementos probatorios que permiten comprobar falta grave atribuida al ministerial Valentín Mieses, toda vez, que con su comportamiento transgredió derechos que vulneran la dignidad de la persona afectada y a su vez realizar actividades incompatibles con el decoro, la moral social, el desempeño en el cargo y el respeto y lealtad debidos a la administración de justicia y a la colectividad.
Starlin A. Pérez Minaya, auxiliar de depósito del Archivo Permanente del Registro Inmobiliario. Destituido, el servidor Starlin A. Pérez Minaya, en síntesis, manifestó: “Dicen que me fui de la empresa a las 2:00 p.m.; pero yo ese día ni asistí. No asistí el viernes nueve (9), incluso me mandaron una nota de voz, como que había una reunión y yo dije que no iba a ir, que el lunes llevaba la carta de renuncia y no volví” argumentó que remitió su renuncia mediante correo electrónico, pero no aportó pruebas de ello”. De todo lo anterior queda evidenciado que el Starlin A. Pérez Minaya, auxiliar de depósito del Archivo Permanente del Registro Inmobiliario dejó de asistir a su área de trabajo desde el día nueve (9) de febrero del año dos mil veinticuatro (2024) hasta la fecha; sin que exista evidencia de que haya cumplido con la formalidad de la renuncia o presentado alguna otra excusa justificativa; por lo que dicha acción se considera abandonó sus labores.
Mary Leidy Muñoz Sarante, oficinista del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional; Destituida, La Comisión considera que la servidora incurrió en graves faltas disciplinarias en el ejercicio de sus funciones al acudir a la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y procurar informaciones a requerimiento del señor Julio César Lugo Lugo, quien figuraba víctima de un proceso penal. Así como por valerse de su cargo para tramitar la entrega de una experticia caligráfica emitida por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), dirigida a la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en relación al expediente en el cual se figuraba como víctima el señor Lugo Lugo, fingiendo la solicitud del requerido documento mediante la elaboración de un manuscrito que suscribió a nombre de la Segunda Sala de la Cámara Penal del juzgado de primera instancia sin tener calidad ni autorización alguna para realizar esa gestión ya que la misma ejerce sus funciones en el Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional
Julio C. Araujo Morel, archivista del Archivo Permanente del Registro Inmobiliario, suspendido por veinticinco (25) días de sus funciones sin disfrute salarial, a quien se le atribuye contratar sin autorización de la institución a un instructor de tenis para impartir prácticas a los servidores del Registro Inmobiliario que participarían en un torneo deportivo.
Ezequiel Ventura Brito, alguacil ordinario de la Sala Penal Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes de Santo Domingo. Amonestación escrita, a quien se le atribuye: Incumplir reiteradamente con sus deberes oficiales al realizar gestiones, ofrecer servicios de depósito de documentos en expedientes y efectuar diligencias a favor de partes de procesos que se conocen en los tribunales, específicamente, de la localidad de La Altagracia, a cambio de dinero.
Jannerys Dominga Rodríguez Vásquez, alguacil ordinario del Juzgado de Trabajo de Puerto Plata, suspendida por quince (15) días de sus funciones sin disfrute salarial, a quien se le atribuye: instrumentar actos de un proceso de embargo inmobiliario a requerimiento de su padre, licenciado Leonardo Rodríguez Reynoso, donde este último participa como abogado parte persiguiente. Asimismo, se le imputa falsear información en los actos numerados 1554/2023 y 1555/2023, ambos de fecha treinta actos (30) de agosto del año dos mil veintitrés (2023) instrumentados por ésta, al establecer que notificó en su persona a los señores José Gabriel Peña Díaz y a Leonarda Peña Díaz, no residiendo estos en la dirección señalada en los referidos actos.
Juan Alberto Guerrero Mejía, alguacil de estrado de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de La Altagracia. Suspendido por treinta (30) días de sus funciones sin disfrute salarial. A quien se le atribuye: Incumplir reiteradamente con sus deberes oficiales al realizar gestiones, ofrecer servicios de depósito de documentos en expedientes y efectuar diligencias a favor de partes de procesos que se conocen en los tribunales, específicamente, de la localidad de La Altagracia, a cambio de dinero.
Robinson Miguel Acosta Cabrera, alguacil ordinario de la Cuarta Sala del Juzgado de Trabajo de Santo Domingo. Suspendido por quince (15) días de sus funciones. A quien se le atribuye: incurrió en faltas disciplinarias en el ejercicio de sus funciones por el hecho de que en fecha dos (2) de octubre del año dos mil veintitrés (2023) supuestamente se presentó al domicilio de un vecino que vive en la casa del frente del requerido y a un colmado a preguntar por un menor de edad, divulgando información sobre que lo estaba requiriendo por asuntos de acusación vinculada a una violación a otro niño; afectando así la reputación tanto del niño como la de ellos, mostrando una falta de ética profesional y discreción laboral; además de que una vez se apersonó a la vivienda de los denunciantes, el ministerial les indicó de manera directa que tenía pruebas al respecto.
Alejandro Nolasco Hernández, Alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo. Primero: Suspendido por treinta (30) días de sus funciones. Segundo: Que sea sometido a un proceso de capacitación, a los fines de mejorar el desempeño de sus funciones ministeriales. La Comisión concluye que el oficial público, actuó con negligencia en la realización de las notificaciones correspondientes a los actos números 262-2023, de fecha tres (03) de mayo; 331-2023, de fecha quince (15) de junio; 261-2023 de fecha tres (03) de mayo; y 260-2023 de fecha tres (03) de mayo. El oficial público consignó que dichas notificaciones fueron entregadas personalmente a la señora Thania María Hernández Mejía, parte requerida en los actos mencionados. Sin embargo, ha quedado fehacientemente demostrado que, al acudir al domicilio de la requerida, los documentos fueron entregados a la señora Carmen Hernández, madre de la destinataria, lo que constituye un incumplimiento de sus obligaciones y un acto de negligencia en el ejercicio de sus funciones.
Biskmar D. Martínez Peralta, alguacil de estrado de la Corte de Apelación de Montecristi. Suspendido por quince (15) días sin disfrute de sueldo. A quien se le atribuye: a) Mostrar una conducta irrespetuosa, amenazante y desconsiderada contra la señora Mela Vargas de la Rosa durante la realización del proceso de embargo ejecutivo formalizado a través del acto núm. 44/2023, de fecha 28 de abril de 2023; b) Llevar a cabo un desalojo ilegal documentado en el acto núm. 473/2023, de fecha seis (6) de octubre del año dos mil veintitrés (2023); c) Apoyar y participar en las actividades políticas lideradas por el señor Rafael Jesús Jerez Castro quien actualmente ocupa el cargo de síndico en el municipio de Montecristi.
Ruth O. Infante Almonte, secretaria de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santiago. Amonestación escrita a quien se le atribuye: Dedicarse a la comercialización de productos de belleza durante la jornada laboral y utilizando la colaboración de uno de sus subordinados.
Elayne Nicolle Carrasco Devers, oficinista del Juzgado de Primera Instancia de Dajabon. Suspender por treinta (30) días de sus funciones sin disfrute salarial. A quien se le atribuye: a)-Mostrar una conducta de irrespeto hacia la denunciante, compañeros de trabajo, superiores y autoridades del Poder Judicial. b)-Código de Incumplir con la vestimenta del Poder Judicial. c) Divulgar o hacer circular asuntos o documentos secretos reservados, confidenciales cuales o razón de su cargo.