POLICIALES

Investigan si hubo negligencia en caso locutora Chantal Jiménez

La PGR analiza si se actuó correctamente en la aplicación de las instrucciones que deben observar en el Ministerio Público en lo relativo al desistimiento de la víctima en los casos de violencia de género

SANTO DOMINGO.- La Procuraduría General de la República (PGR) investiga si se violaron las instrucciones para la prevención y persecución de los casos de violencia de género en el caso de Chantal Jiménez, asesinada el pasado sábado por su expareja Jensy Graciano Cepeda, quien se suicidó tras cometer el delito.

A Graciano Cepeda se le había notificado una orden de protección este 5 de abril después de atacar a la hoy fallecida con un arma de fuego, hecho que lo mantuvo en prisión hasta que la joven retiró la querella a petición de su padre.

La PGR analiza si se actuó correctamente en la aplicación de las instrucciones que deben observar en el Ministerio Público en lo relativo al desistimiento de la víctima en los casos de violencia de género, intrafamiliar y delitos sexuales, a fin de tomar las acciones que correspondan para evitar que se repitan hechos similares.

«Cuando una víctima desiste de su denuncia o proceso, esta acción para nada compromete el accionar del Ministerio Público, que debe procurar siempre, aparte del testimonio de la víctima, otros elementos probatorios por si se produce tal circunstancia», según las indicaciones que la procuradora general, Miriam Germán Brito, remitió a todo el Ministerio Público en noviembre de 2020.

Ese desestimiento podría obedecer «al síndrome de la mujer maltratada, por no reconocerse como víctima, por la presión social a la que es sometida y por la vergüenza que siente sobre lo que pasa” indicó la PGR en un comunicado de prensa.

Por ello, «queda totalmente prohibido levantar actas de compromisos, en materia de violencia de feminicida», y «la postura del Ministerio Público deberá permanecer invariable, a pesar de que la víctima (…) quiera establecer un acuerdo».

Para llegar a un acuerdo de este tipo, agregó la nota, «el consentimiento de las partes no puede estar viciado y una mujer que tiene su vida en riesgo frente a su verdugo agresor carece de libertad para convenir al margen de las secuelas que deja la violencia feminicida».

La PGR investiga también si se tomó en cuenta el contenido de las instrucciones en lo relativo al tipo y forma de las heridas o golpes que presenta la víctima, que permiten determinar si está en riesgo de muerte, así como en lo referente a la retención obligatoria de las armas de fuego que pudiera poseer el agresor

«Señalamos un significado de alta importancia las agresiones en el cuello, la caja torácica o en las manos», casos en los que el fiscal «no solo debe ver la incapacidad médico legal, ya que estos casos son de altísimos riesgos feminicida”.

Además, indicó, “deberá ser retenida toda arma de fuego, sin importar que sea de porte y tenencia legal, cuando estas estén en posesión de un acusado de violencia de género, intrafamiliar y sexual, especialmente cuando este ha sido parte de la violencia o amenaza infringida”.

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